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Salud crea un nuevo registro de sanitarios objetores de la interrupción voluntaria del embarazo

Hospital Valdecilla (Foto: Medicina Cantabria)
La orden ha entrado en vigor hoy y permitirá a los profesionales sanitarios ausentarse de operaciones de interrupción voluntaria de embarazo

Santander, 21 de febrero. El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Salud, ha publicado ayer en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la orden por la que se realiza la creación del registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia en relación con la interrupción voluntaria del embarazo de la Comunidad Autónoma. 

La orden, que ha entrado en vigor hoy, se aplicará a los profesionales del ámbito público y privado que, encontrándose directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo, manifiestan por razones de conciencia, rechazo o negativa a su realización. 

En este sentido, la normativa establece el procedimiento de declaración de objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados en realizar la interrupción voluntaria del embarazo. Además, crea y regula el Registro de estos objetores en Cantabria. 

Este nuevo registro tiene como objetivo realizar la inscripción de las declaraciones de objeción de conciencia y las renovaciones de las mismas, además de facilitar la información necesaria a la administración sanitaria y a los responsables de los centros sanitarios de titularidad privada en los que se realice la interrupción voluntaria de embarazo para que se pueda garantizar una adecuada gestión de esta prestación.  

Los sanitarios implicados en realizar la interrupción voluntaria del embarazo que, por razones de conciencia, no realicen dicha intervención deberán presentar con carácter previo una declaración escrita de objeción de conciencia que irá dirigida a la Dirección General de Ordenación Sanitaria de la Consejería de Salud. 

En el caso de que las declaraciones de objeción de conciencia no cumplan los requisitos legales se denegará la inscripción y contra esta resolución, el profesional podrá interponer un recurso de alzada ante el consejero de Salud. Si esta declaración cumple los requisitos legales, se procederá a su inscripción en el Registro, notificándose a la persona interesada. 

Asimismo, la declaración de objeción de conciencia podrá ser revocada por escrito en cualquier momento y deberá inscribirse en el Registro. 

Podrán acceder los responsables de los centros sanitarios públicos o privados en los que se realice la interrupción voluntaria del embarazo, solo a los efectos de garantizar su adecuada gestión. La persona interesa también podrá acceder a sus propios datos.